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Noticias

Publicada la nueva Ley de Contratos del Sector Público

 

Se ha publicado la Ley de Contratos del Sector Publico, Ley 9/2017 de 8 de noviembre, por la que se transponen al orfenamiento jurídico españos las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

 

Incorporamos un archivo con un breve resumen de las prinicpales novedades de la Ley de Contratos del Sector Público, en su vertiente de contratación y clasifación de contratistas.

 

La presente Ley entrará en vigor el 9 de marzo de 2018

 

 

Ley 9/2017 Ley de Contratos del Sector Público
LEY 9_2017 DE 8 DE NOVIMEBRE DE CONTRATO[...]
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Comentarios breves Secorcom Ley 9/2017 Ley de Contratos del Sector Público
SECORCOM - NUEVA LEY CONTRATOS SECTOR PU[...]
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Publicadas las ediciones 2015 de las normas ISO 9001 e ISO 14001

 

Se han publicado las ediciones 2015 de las normas UNE-EN ISO 9001:2015 e UNE-EN ISO 14001:2015, por lo que se inicia el periodo de transición y las empresas certificadas deberán adaptar y certificar, según la nueva edición de norma,antes del 15 de septiembre de 2018.

 

Publicada el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público

 

Se ha publicado en fecha 5 de septiembre el RD 773/2015 de Reglamento de la Ley de Contratos de Sector Público, por el que se modifica el reglemento anterior de RD 1098/2001, de 12 de octubre.

 

La presente Ley entrará en vigor el 5 de noviembre de 2015

 

RD 773/2015 de 28 de agosto, de Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público
RD 773_2015 DE 28 AGOSTO SE MODIFICA REG[...]
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Generalitat de Catalunya suspende la revisión de la clasificación de contratistas por causas relativas a la solvencia técnica y profesional

 

La Junta Consultiva de la Generalitat de Catalunya ha suspendido la revisión de la clasificación de contratistas por causas relativas a la solvencia técnica y profesional, lo que a la práctica exime a las empresas clasificadas a partir del 1 de enero de 2010 a tener que presentar la solvencia técnico profesional y por tanto sus clasificaciones se mantienen sin necesidad de ningún otro trámite (salvo la acreditación anual de la solvencia económico financiera).

 

Entre lo motivos razonados para la toma de esta decisión, se encuentra la indefinición de criterios para el mantenimiento de la solvencia tècnico profesional, debido a que nunca se ha producido el desarrollo reglamentario de la LCSP, dando pie a que cada Junta Consultiva aplicarà su propio criterio o directamente no hiciera ninguna revisión.

 

acord-1-2013-ple-cast.pdf
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